Recuerde la Declaración Jurada del Impuesto de Patentes Período 2023-2024

Recuerde la Declaración Jurada del Impuesto de Patentes Período 2023-2024

El Gobierno Local de Santa Ana les comunica a los administradores y propietarios de Licencias Municipales de Actividades Lucrativas (patentes) que, por motivo del cierre fiscal, deben de
presentar la Declaración Jurada del Impuesto de Patentes, según lo establecen los artículos 5 y 6 de Ley No.7245 de Impuestos Municipales del Cantón de Santa Ana.


 
El trámite de Declaración Jurada del Impuesto de Patentes se realiza únicamente de forma digital, accesando directamente al siguiente enlace de la página web municipal:


https://www.santaana.go.cr/tramites/tramite-declaracion-impuesto-patentes/  O realizando los siguientes pasos:


1.Ingresar en la página web www.santaana.go.cr  

2.Diríjase al menú principal e ingrese a la sección "GUÍAS TRÁMITES MUNICIPALES" e ingrese a "Declaración del Impuesto de Patentes" y haga click en "Iniciar trámite"


3.El patentado debe registrarse con firma digital o firma criptográfica.


4.Si no posee firma digital debe solicitar la firma criptográfica municipal al correo electrónico: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. 

 
5.El usuario debe registrarse y completar la información de su negocio en "MI SITIO"


6.En el menú del lado izquierdo selecciones la opción de "TRAMITES DIGITALES" y luego "DECLARACIÓN JURADA DE IMPUESTO DE PATENTES", debe de completar la información requerida en las 4 pestañas (información del declarante, información del negocio, determinación del impuesto y confirmación).


7.El patentado que posea más de 1 licencia comercial en el cantón debe presentar un formulario por cada licencia aprobada con la respectiva distribución contable.


Requisitos: Documentos que deben de adjuntar en formato digital o escaneados:


∙Declaración de la Renta recibida por la Dirección General de Tributación Directa (si es declarante del impuesto de renta o del régimen simplificado).


∙Certificación CPA (para aquellas persona físicas o jurídicas que ejerzan actividades distribuidas en uno o más cantones, a parte del cantón de Santa Ana).


La fecha límite para la recepción de la declaración es el 15 de abril de 2024.


Nota: Tenga en cuenta que, si se presenta la declaración en forma tardía, deberá cancelar un 10% de recargo.
 
 
Para mayor información a los teléfonos: 2582-7211 / 2582-7285 o al correo electrónico:
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